Introducción al Derecho

Unidad 9. Conceptos jurídicos fundamentales
Personalidad jurídica
Capacidad jurídica

En esta ocasión, trabajaremos como lo hacen los estudiantes en línea, buscando en todo caso que se suscite el aprendizaje y se construya el conocimiento. Para lo anterior, sigue las instrucciones que se señalan a continuación:

Jueves 08 de diciembre de 2016

1) Realiza la lectura de los siguientes temas:

a.- Persona jurídica
b.- Capacidad jurídica
c.- Personalidad y capacidad jurídicas en el derecho mexicano

Fuente: Álvarez Ledezma, M. I. (2008). Conceptos jurídicos fundamentales. México: McGraw-Hill, pp. 138-150.
*Disponible en la fotocopiadora en la biblioteca.

2) Mira los siguientes videos en Youtube:

a.- Tu Ciudad es "Tu Abogada" Personas físicas y morales


b.- Al derecho y al revés – Capacidad e incapacidad en el derecho


3) Participa con al menos un comentario o una pregunta en la sección de comentarios de aquí abajo; la finalidad es crear un foro de discusión del que estaré pendiente para responder dudas y retroalimentar comentarios. Es importante que interactúes, pues se tendrá en cuenta como actividad en clase para la puntuación del tercer parcial. Puedes participar ya sea el día jueves 08 o el viernes 09 de diciembre; son los dos únicos días que se tomarán en cuenta.

*Nota: Estará habilitada la opción "cualquiera puede comentar", por lo que no necesitarás crear una cuenta si no tienes un perfil de Google+, no obstante, tendrás que poner tu nombre completo en cada participación que hagas, de lo contrario, quedará como anónimo y no podré asignar puntuación.

Viernes 09 de diciembre de 2016

1) Investiga en fuentes confiables los atributos de las personas físicas y personas morales.

2) Elabora un documento de Word en el que presentes un ejemplo de persona física y otro de persona moral, señalando de modo claro sus atributos. 

3) Incluye como encabezado los siguientes datos:

Asignatura: Introducción al derecho
Unidad 9.- Conceptos jurídicos fundamentales
Tema: Atributos de las personas físicas y morales
Tu nombre completo

4) Agrega las fuentes consultadas en formato APA o Harvard.

5) Nombra al archivo con tu primer apellido y primer nombre. Ejemplo: sanchez_wendy.

6) Envía tu archivo a mi correo electrónico: wmsc.academ@gmail.com. Para considerar en la puntuación de actividades en clase del tercer parcial, sólo se tomarán en cuenta las tareas que se envíen hasta las 23:59 horas del día viernes 09 de diciembre de 2016.

Espero sus participaciones entusiastas y tareas que reflejen un nuevo conocimiento, el cual indudablemente les será de utilidad.

Saludos cordiales
Atentamente: Wendy Marilú Sánchez Casanova

Comentarios

  1. Fidel Basurto Camacho: ¿ por qué la persona moral tienen que ser siempre en conjunto, es que no le entendí muy bien a lo que decía la abogada?

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    1. Hola Fidel.

      Es para distinguirla de la física, que se refiere a la persona en lo individual. Un conjunto de personas que se asocian para un fin común sería la persona moral o jurídica.

      Saludos.

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  2. Eduardo Eloi:

    Al hablar de personas jurídicas prácticamente son las diversas empresas, asociaciones, constructoras (A su vez personas morales), ya que a pesar de no tener existencia física tienen derechos y obligación en un marco jurídico.
    ¿Todas las personas físicas que conformen una persona moral, tienen los mismas consecuencias jurídicas aunque su grado de participación sean distintos?

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    1. Hola Eloí.

      Responden de acuerdo al grado de participación, aunque en algunas sociedades existe la obligación solidaria, que implica responder por el total, independientemente de la aportación.

      Saludos.

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  3. Alison Aguilar9/12/16, 0:23

    Considero que conocer estos dos puntos "persona física" y "persona moral" es muy importante ya que aunque no son términos de nuestro día a día, estamos inmersos en ellos.

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    1. Hola Alison.

      En la práctica estamos inmersos, pues los seres humanos somos personas físicas con capacidad de goce y, a partir de la mayor edad, con capacidad de ejercicio.

      Más adelante, cuando establezcan sociedades para su actividad empresarial, estarán materializando a una persona moral.

      Saludos.

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  4. Las personas morales, han adquirido personalidad jurídica. En caso de las personas físicas tienen como personalidad jurídica la NACIONALIDAD. Mi duda es si las personas morales tienen una nacionalidad o varias nacionalidades en el caso de que en una Organización este conformada de accionistas que no sean de la misma nacionalidad.

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    1. Hola Patricio.

      La nacionalidad es un atributo tanto de las personas físicas como de las personas morales, forma parte de la personalidad jurídica. En cuanto a la nacionalidad de una persona moral, hay varios criterios teóricos, entre los que se encuentran el que señala que la nacionalidad es la del domicilio social y, para otros, es la nacionalidad de los socios o de los administradores.

      En el caso de México, el artículo 8 de la Ley de Nacionalidad señala que: "Son personas morales de nacionalidad mexicana las que se constituyan conforme a las leyes mexicanas y tengan en el territorio nacional su domicilio legal."

      Saludos.

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  5. Jesús López Bautista 305-B
    tengo una pregunta, en el video mensiona que una persona física tiene derechos incluso desde que se encuntra en el vientre materno pero ¿quién tiene la obligacion o quien puede reclamar el cumplimiento de de dichos derechos?

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    1. Hola Jesús.

      Hay muchas discusiones al respecto. En clase hemos comentado que aún no se ponen de acuerdo cuándo un ser humano puede considerarse ser humano, sujeto de derechos. Si aún se encontrara en el vientre materno los podría reclamar la madre e incluso el padre, pero ahí ya se abre un debate que tiene que ver con el cuerpo y la libertad de la mujer.

      Ls leyes sólo hablan de reclamar derechos una vez nacida la persona, esto con la finalidad de comprobar un parentesco que genere obligaciones, aunque ahora se puede hacer pruebas de ADN durante la gestación.

      Saludos.

      Nota: Menciona va con c.

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  6. --Me parece un explicación que es simple de comprender: Personas físicas, se refiere a una sola persona y las Personas morales, son un conjunto de personas físicas formando algún grupo o asociación.

    --Se supone que hablan de contraer obligaciones es porque lo hacen con algún juez, o notario; por qué no se impide el celebrar tales acciones cuando se menciona que si dos menores de edad contrajeron obligaciones, se puede anular si no tienen la autorización de los tutores/padres.

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    1. Una reseña muy adecuada, Alicia.

      Las obligaciones se pueden contraer incluso entre particulares, aunque dependiendo del acto juridico se requerirá un juez, notario u oficial de registro civil.

      Saludos.

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  7. Laura López Cervantes9/12/16, 12:57

    Es importante hacer una buena distinción entre persona física, persona moral y persona jurídica para que podamos designar los derechos y obligaciones que le corresponden a cada una.

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    1. Así es, Laura. Los derechos y obligaciones varían en lo individual y en lo colectivo, no olvidando que la persona moral se compone de personas físicas. Saludos.

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  8. Mary Prieto9/12/16, 13:00

    La lectura es interesante,porque nos ayuda a conocer sobre las persona jurídica que, desde mi punto de vista,es importante que nosotros como ciencias empresariales conozcamos,ya que en un futuro tendremos la oportunidad de formar parte de asociaciones con un fin especifico y común.

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    1. Ese es precisamente el objetivo, Mary. Formarán parte de personas morales o como personas físicas con actividades empresariales. Saludos.

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  9. Al realizar la lectura habla de que las personas jurídicas están sujetas a derechos u obligaciones y que conforme a la norma jurídica esa persona tiene capacidad la cual es un atributo de la persona jurídica que es la disposición con la que se le otorga el derecho.
    ¿A qué obligaciones esta sujeto la persona jurídica?

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  10. Humberto Martinez Colmillo9/12/16, 13:23

    Al realizar la lectura habla de que las personas jurídicas están sujetas a derechos u obligaciones y que conforme a la norma jurídica esa persona tiene capacidad la cual es un atributo de la persona jurídica que es la disposición con la que se le otorga el derecho.
    ¿A qué obligaciones esta sujeto la persona jurídica?

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    1. Humberto, si entendemos a la persona jurídica como persona moral, está sujeta a las obligaciones que deriven de su objeto, si es con fines lucrativos, de beneficiencia o actividades científicas. Cada una tiene sus peculiariadades. Saludos.

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  11. Al hablar de personas físicas y personal morales, yo considero que son lo mismo con la única diferencia que una persona física es un solo individuo y una persona moral es un conjunto de personas físicas con una identidad legal que se unen con un fin determinado.

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    1. Una explicación correcta y breve. Muy bien, Emmanuel.

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  12. El concepto entre persona física y moral me parece muy claro debido a que la persona física es un sujeto individual con derechos y obligaciones, es decir, que cualquier persona puede serlo, la persona moral es un grupo o conjunto de personas con un fin en común y que también poseen derechos y obligaciones. ¿Cómo se constituye legalmente una persona moral?

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    1. Hola Noemí. La persona moral debe constituirse ante notario público, inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, así como darse de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Saludos.

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  13. Hola. La capacidad de goce es la que todo ser humano posee por el simple hecho de ser un individuo, pero la capacidad de ejercicio es alcanzable hasta los 18 Años. Bueno, esto me queda claro, pero me gustaría saber que pasa en estos casos especiales (Ejemplo): Juan muy inteligente que consigue su ingenieria a los 15 años. ¿Su capacidad de ejercicio se puede ejercer entonces?

    HERNÁNDEZ SANTIAGO ESTEFANA

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    1. Hola Estefana. Como comentamos en clase, esta norma aplica en Perú, país de donde proviene el video que hemos visto. En México, la emancipación se alcanza sólo por matrimonio. Saludos.

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  14. Reyes Ramírez José Manuel:
    Profesora de acuerdo a la lectura, ¿a las manifestaciones que son realizadas continuamente se les puede considerar personas jurídicas colectivas ya que todos en conjunto van dirigidos a un mismo fin ? En caso de que la respuesta sea afirmativa, si son cometidos actos ilícitos por esta persona jurídica colectiva durante la manifestación pero al poco tiempo esta se desintegra la responsabilidad de los cargos es perseguida por todos en igual magnitud o se investiga a cada uno de manera individual?

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    1. Hola José Manuel. Para que una persona moral se considere como tal, debe constituirse ante notario público. Tú te refieres a multitudes transitorias, y los actos ilícitos son atribuibles a la persona física. Saludos.

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  15. Alberto García Ruiz.
    Pregunta: Si la ley le encuentra una relación con el narcotráfico a una persona (Esta es una persona jurídica). A este se le privará de sus derechos y obligaciones y dejaría de ser una persona jurídica

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    1. Hola Alberto. Los delitos son atribuibles a personas fìsicas, no morales. Ahí se tendría que ver quién o quiénes de los integrantes incurrieron en el ilícito. Saludos.

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  16. Itzel Hernández Solano 305-B

    Bueno en cuanto al primer video, tengo duda acerca de que es la capacidad de goce?

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    1. Itzel, la capacidad de goce es la que consiste en poder adquirir derechos y obligaciones, independientemente de la posibilidad de ejercerlos o no. Saludos.

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  17. Saraí Vásquez Cortés 305-B
    El Derecho tiene como finalidad la regulación de la conducta del hombre en la sociedad. Y eso debido a eso que surgen los conceptos jurídicos entre los cuales se encuentran los conceptos de persona física y persona moral. En primer lugar la persona física es todo individuo que desde el momento en el que nace y hasta el momento de su muerte derechos y obligaciones que la ley señala. Y el segundo corresponde a un grupo de individuos o personas físicas que se unen para atender intereses y fines comunes de forma formal a través de un escrito. Mas sin embargo me surge una interrogante respecto a este tema: ¿Qué pasa cuando se disuelve una persona moral?

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    1. Hola Saraí. Cuando una persona moral se disuelve deja de existir para el derecho, sin embargo, debe liquidar todas sus deudas y demás obligaciones. El caso de Mexicana de Aviación es un ejemplo práctico del concurso mercantil, tema que abordarán el siguiente semestre. Saludos.

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  18. Emmanuel Oran Palacios 305-B
    Es como un recordatorio porque si es fácil entender las personas físicas y morales que vimos las personas físicas somos cada uno de nosotros desde q nacemos hasta que morimos y las personas morales son un conjunto de personas físicas que se unen para formar una asociación o sociedad son términos que son muy importantes dentro del ámbito empresarial y que en un futuro no muy lejano estaremos construyendo grandes sociedades compañeros.

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    1. Así es, Emmanuel. El objetivo es que se formen o se integren a personas morales. Saludos.

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  19. Miguel angel cariño ramos 305-B
    Se me hace interesante como la ley se previene de las personas(físicas) que no tienen consciencia de los derechos y obligaciones que como ciudadanos deberían ejercer y se les asigna a una persona que se responsabilice de ellos ya que ellos no tienen la capacidad para tomar decisiones

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    1. Miguel, el derecho, como regulador de la convivencia social, debe prever estas situaciones para evitar conflictos en la mayor medida posible. Saludos.

      Nota: Conciencia se escribe sin s.

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  20. Santiago Flores Víctor David:

    Básicamente los temas tratados son las personas: Físicas y Morales.
    En cuanto a las personas físicas queda claro que tiene derechos y obligaciones además de que tiene capacidad de goce y de ejercicio siempre y cuando está se encuentre vivo.
    En cuanto a la persona moral menciona que son grupos de individuos(personas físicas) que se unen para un fin en común dentro de un marco legal, principalmente sus fines deben de ser lucrativos, y pueden ser políticos, recreativos, en conclusión las personas morales pueden ser: sociedades civiles, sindicatos, asociaciones con un fin licito.
    Haciendo diferencia en la capacidad de goce y capacidad de ejercicio. La primera es la potestad de disfrutar de los derechos que se reconocen ante la ley y la segunda es la potestad de ejercer los derechos de la primera.
    En cuanto a la lectura aclaré mis dudas sobre las personas jurídicas, físicas y morales.
    Profesora una pregunta si un grupo de personas actúan como una empresa pero no constituida ante la ley y este grupo tiene un fin lucrativo y además es licito son o pueden ser consideradas como persona moral haciendo referencia que es un (auto lavado)?

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    1. Hola David. Pueden llegar a tener obligaciones de persona moral, pero para existir como tal deben contar con acta constitutiva. De hecho, hay trámites que no podrían hacer sin este documento. Saludos.

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  21. JOSÉ LUIS MENDOZA VILLAMIL.
    Principalmente me parecen muy claros los videos, pero me llama mucho la atención el primer video ya que debemos tener muy en claro que es una persona física y una persona moral porque estando en esta carreara tendemos a formar empresas, pero muchas de estas no llegan a funcionar ya que no tienen en claro cada uno de los cimientos jurídicos, legales y los alcances que pueden llagar a tener como grupo de personas físicas que atienden intereses y fines comunes.
    Esta es mi humilde opinión... Gracias!!!

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    1. José Luis, es por esto que la licenciatura les aporta conocimientos multidisciplinarios, los cuales deben ampliar para concretar en empresas exitosas. Saludos.

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  22. El derecho subjetivo es el derecho del sujeto, cada persona tiene derechos y deberes jurídicos. Así como una persona tiene derecho también las leyes jurídicas le conceden obligaciones para una buena convivencia social, donde la primera persona goza de un derecho subjetivo y la segunda de un deber jurídico. ¿Mi pregunta es cuándo recae el deber correlativo?

    FERNANDO GARCIA VENTURA 305-B

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    1. Hola Fernando. Ante cada derecho hay una obligación correlativa. Las dos mitades de una sola naranja, que hemos visto en clase. Saludos.

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  23. BOHORQUEZ JOSÉ DENNIS
    CAPACIDAD E INCAPACIDAD
    LAS PERSONAS QUE NO TIENEN DERECHO DE EJERCER EL EJERCICIO SON DENOMINADAS INCAPACES EN EL DERECHO, SE MENCIONARON DOS FORMAS DE INCAPACIDAD, PRIMERO LA ABSOLUTA, EN LA QUE SE ENCUENTRAN LOS MENORES DE EDAD Y LOS QUE SE ENCUENTREN PRIVADOS DE DICERNIMIENTO ¿CUANDO HABLA DE PRIVARLOS DE DICERNIMIENTO QUIERE DECIR QUE SE LES NIEGA REALIZAR ACTOS BÁSICOS (EJEMPLO, comprar "x" producto?.
    SE MENCIONAN DOS FORMAS DE ANULAR LA INCAPACIDAD, ¿QUIEN OTORGA EL TÍTULO PARA LA ANULACIÓN DE LA INCAPACIDAD?.
    Y EN CUANTO A LA INCAPACIDAD RELATIVA EN LA QUE SE ENCUENTRAN INDIVIDUOS CON RETARDO MENTAL, ¿A QUE SE REFIERE CON NOMBRARLES UN JURADOR?
    DE ACUERDO CON LOS TIPOS DE INCAPACIDAD, NOS HABLA DE LOS INDIVIDUOS CON PROBLEMAS DE CONDUCTA, ESTE ES UN TERCER TIPO DE INCAPACIDAD?.
    POR ÚLTIMO CONSIDERO APROPIADO QUE UN ACTO JURÍDICO REALIZADO POR UNA PERSONA INCAPAZ ABSOLUTA SEA CONSIDERADO NULO.

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    1. Hola Dennis. A los incapaces no se les priva de discernimiento, sino porque están originalmente privados de él es que deben estar sujetos a patria potestad o tutela.

      La incapacidad en mayores de edad la determina un juez. En menores de edad no necesita ser declarada o anulada, simplemente existe, salvo en el caso de la emancipación.

      No es jurador, sino curador, y es quien tiene a cargo vigilar que la tutela se desempeñe adecuadamente.

      La nulidad de un acto jurídico puede ser por varias causas, una de ellas es la incapacidad de alguna de las partes.

      Saludos.

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  24. Daniel Enrique Rodríguez Vásquez 305-B

    Me parece interesante cada una de las definiciones, ya que es importante saber distinguir entre persona física y moral, porque aunque podamos ser ambas cumpliendo con el derecho derecho de goce y ejercicio, cada una debe llevar distintos derechos y obligaciones que nos pueden llegar a afectar de distinta forma.

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    1. Así es, Daniel. Son temas básicos para toda personaa. Saludos.

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  25. Villarreal Rojas Yetlnoel:

    305-b

    Actualmente se vive en una sociedad que esta integrada por personas físicas y morales, aunque no muchos hacen gran distinción de ellas o simplemente las ignoran, hemos escuchado en diferentes medios de comunicación tales términos y se vuelve una incógnita muy grande, para eso debemos empezar señalando en "¿qué es una persona?", y después explicando en que consiste una 'persona moral' y/o una 'persona física', de tal forma que se podrán señalar sus atributos, y saber hasta cierto punto como identificarlas es esto que llamamos sociedad.

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    1. En efecto, Yetlnoel. En virtud de la cultura jurìdica, debemos conocer estos temas, pues son cuestiones cotidianas. Saludos.

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  26. Nayely Llanos Salazar 305-B

    Hablando de la capacidad jurídica, en específico de la capacidad de ejercicio, se menciona que los menores son incapaces a menos de que se casen o que les sea otrogado un titulo oficial que los autorice para ejercer profesión u oficio. Si por ejemplo Juan X. de diecisiete años de edad acaba de obtener el título de su carrera técnica, y en menos de un mes le ofrecen unirse a "x" empresa como socio, ¿Juan X. puede realizar este acto jurídico o se anula en caso de hacerlo?

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    1. Nayely, el video corresponde a Perú, en donde la emancipación también puede alcanzarse por la obtención de un título profesional. En México, es sólo po matrimonio. Saludos.

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